Recurso contra convención PRM es declarado inadmisible por el TSE



 Santo Domingo, R.D. Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) declararon inadmisible el recurso de amparo preventivo de urgencia que fue sometido por un grupo de dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en contra del presidente de esa organización, José Ignacio Paliza, para que suspenda la convención pautada para el domingo 30 de enero. 

La decisión obedece a que los dirigentes firmantes del amparo: Antonio Rafael Durán Almonte, Miguel Ángel Severino Rodríguez, Andrés Cervantes Díaz Jiménez y Milton Ramón Olivo Peña, realizaron la solicitud en contra del presidente del PRM y no en contra del partido, como era lo debido. 

El dispositivo de la sentencia fue votado a unanimidad por los cinco jueces miembros del TSE. 

La decisión final de los jueces fue declarar inadmisible de oficio la acción de amparo de extrema urgencia que fue incoada en fecha del 18 de enero del presente año en contra de Paliza y la dirección ejecutiva del PRM por falta de calidad y legitimación procesal pasiva de la parte accionar (demandantes). 

Los jueces, en su decisión, manifestaron que de acuerdo a lo previsto en el artículo  21 de la Ley 33-18 de Partidos Agrupaciones y Movimientos Políticos y en el artículo 83 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, lo que correspondía era poner en causa como parte accionada al Partido Revolucionario Moderno (PRM) y no a las autoridades internas de dicha organización o representantes de la misma. 

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