Proponen cinco años de prisión por difamación
Santo Domingo, RD Los casos de difamación a través de sistemas de alta tecnología son muy frecuentes en la República Dominicana, constituyendo el delito cibernético más perseguido judicialmente durante cuatro años.
Entre enero de 2016 y agosto de 2019, ingresaron al sistema judicial 1,455 casos del delito de difamación por alta tecnología a través de esa unidad y de las diversas fiscalías que funcionan en todo el país.
En la actual ley 53-07, sobre crímenes y delitos de alta tecnología, la difamación por medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales está sancionada con penas de tres meses a un año de prisión y multas de 5 a 500 veces el salario mínimo.
La condena vigente en la ley promulgada en 2007 es inferior a la propuesta en el proyecto de modificación de esa legislación, en el que se mantiene la penalización de ese ciberdelito, pero con un incremento de la prisión.
De aprobarse la propuesta del Poder Ejecutivo, la pena máxima por difamación, cometida a través de un sistema de información o de cualquiera de sus componentes, se elevaría a 5 años de prisión, diferente a la norma legal vigente, que es de un año.
En ese proyecto también se ratifica el delito de la injuria pública a través de los medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, pero a diferencia de la difamación, no se plantea una penalización, sino sanciones de multa de 200 a 500 salarios mínimos del sector público.
En la ley 53-07, por injuria pública se estipula una condena de tres meses a un año de prisión, al igual que la difamación.
En el proyecto de ley del Ejecutivo se especifica que la persecución de la injuria pública y la difamación se promoverá mediante acción pública a instancia privada o acción penal privada.
Ante el extendido uso y utilización de las nuevas tecnologías en todas las esferas de la vida (economía, cultura, industria, ciencia, educación, información, comunicación, etc.) y el creciente número de usuarios, consecuencia de la globalización digital de la sociedad, la delincuencia también se ha expandido a esa dimensión. Gracias al anonimato y a la información personal que se guarda en el entorno digital, los delincuentes han ampliado su campo de acción y los delitos y amenazas a la seguridad se han incrementado exponencialmente.
Además de ataques para destruir y dañar activos, sistemas de información y de computadoras, por medios electrónicos o redes de Internet, se producen nuevos delitos contra la identidad, propiedad y seguridad de las personas, empresas e instituciones, muchos de como consecuencia del valor adquirido los activos digitales para la big data empresarial y sus propietarios bien sean entes jurídicos o personas naturales.
Cuando la intención de la acusación es exponer a la persona al odio o al desprecio público, se está incurriendo en el delito de difamación.
Cuando hablamos de injuria es porque se formula un juicio de valor donde se ha deshonrado, desacreditado u ofendido a una persona públicamente sin tener pruebas de lo
Fuente listindiario
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